La bicameral de Asuntos Municipales de San Luis actúa como Concejo Deliberante de aquellos municipios que no lo tienen.
Los municipios que no llegan a tener 1500 habitantes gozan de autonomía institucional, y los titulares del ejecutivo son elegidos por el voto popular, pero respecto del poder legislativo comunal éste es ejercido por la Comisión Bicameral de Asuntos Municipales instituida en la órbita del Poder Legislativo Provincial.
Tal comisión está integrada por “dos Senadores Titulares y dos Senadores Suplentes, elegidos por mayoría simple en el Senado de la Provincia, y por siete Diputados Titulares y siete Suplentes elegidos por mayoría simple en la Cámara de Diputados, respetando la siguiente proporción: cinco Diputados Titulares y Suplentes por la mayoría y dos Diputados Titulares y Suplentes por la minoría”.
Con lo que en la práctica es altamente probable que un diputado y/o senador, tenga que convalidar legislaciones comunales ¡Sin siquiera conocer el pueblo para el que está legislando!
Esto además, sumado a un burocrático y formalista trámite que se debe realizar previamente ante la Dirección de Asuntos Municipales del Poder Ejecutivo Provincial, enlentece y hasta entorpece, las decisiones de cualquier intendente que no tiene concejo deliberante.
Si a este dato le sumamos el receso legislativo, que es de cuatro meses al año, meses durante los que la comisión bicameral no se reúne, el trámite para la sanción de ordenanzas se hace más torpe y deficitario.
Así lo dispone la Ley de “CREACIÓN DE LA COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE” Nº VI-0645-2008 que viene a complementar el “Régimen de Intendentes Comisionados” de la Ley Nº Ley Nº XII-0622-2008.
Por el artículo 114 de la constitución se dispone que el período de sesiones ordinarias comienza el 1º de abril y culmina el 30 de noviembre de cada año.
La actual titular de Asuntos Municipales por parte del poder ejecutivo provincial es la ex-diputada Nancy Albornoz-
