Este sábado 5 de septiembre comenzó a regir formalmente la Ley 27.801 de Régimen Penal Juvenil en la Argentina, luego de cumplirse el plazo de 180 días desde su promulgación, tras su sanción por el Congreso en febrero pasado.
La nueva norma reemplaza el marco legal vigente desde 1980, establecido por la Ley 22.278, y modifica el régimen de responsabilidad penal para adolescentes, alcanzando a quienes tienen entre 14 y 17 años en los supuestos previstos por la legislación.
El nuevo régimen busca “fomentar en el adolescente imputado el sentido de la responsabilidad legal por sus actos y lograr su educación, resocialización e integración social”.
Ejes principales del nuevo régimen
- Tope de penas y prohibición de prisión perpetua: se prohíbe expresamente la imposición de prisión perpetua a menores de edad y se establece un límite máximo de 15 años para las penas privativas de la libertad.
- Alojamiento diferenciado: los adolescentes no podrán ser alojados en establecimientos penitenciarios destinados a adultos. Las medidas privativas de la libertad deberán cumplirse en establecimientos especializados, centros abiertos o, cuando corresponda, bajo la modalidad de arresto domiciliario.
- Responsabilidad civil: el régimen contempla la responsabilidad civil de los progenitores por los daños derivados de los ilícitos cometidos por sus hijos, conforme a las condiciones establecidas por la legislación vigente.
- Protección de la identidad: se mantiene la prohibición de difundir nombres, sobrenombres, filiación, fotografías o cualquier otro dato que permita identificar al adolescente imputado.
- Derechos socioeducativos: se garantiza el acceso a programas destinados a favorecer la continuidad escolar, la formación ciudadana, la capacitación laboral y las actividades deportivas, como parte del proceso de resocialización.
Penas alternativas y criterios para evitar la prisión
El nuevo régimen contempla distintas sanciones no privativas de la libertad, entre ellas amonestaciones, prohibición de contacto o de concurrencia a determinados lugares, inhabilitación para conducir, prohibición de salir del país, prestación de servicios a la comunidad, reparación integral del daño y monitoreo electrónico mediante dispositivos de control.
La normativa también establece supuestos en los que puede evitarse la privación efectiva de la libertad, de acuerdo con la gravedad del delito y las circunstancias particulares del adolescente.
Entre las alternativas previstas se encuentran:
- Cuando la pena aplicable no supere los 3 años de prisión.
- Cuando la pena se encuentre entre los 3 y los 10 años, siempre que se cumplan las condiciones establecidas por la ley, entre ellas que el delito no haya provocado la muerte de la víctima ni haya implicado violencia física o psíquica grave y que el adolescente no registre condenas previas ni procesos en curso.
El debate parlamentario y el financiamiento
Durante su tratamiento en la Cámara de Diputados, el proyecto impulsado por el Poder Ejecutivo fue aprobado con 149 votos a favor y 100 en contra.
Uno de los puntos que generó mayor debate fue el financiamiento del nuevo régimen. Tras rechazarse una propuesta para establecer un mecanismo de financiamiento directo, se mantuvo el esquema basado en la firma de convenios entre la Nación y las provincias para la creación y el sostenimiento de los establecimientos especializados.
Con la entrada en vigencia de la Ley 27.801, la Argentina incorpora así un nuevo marco de responsabilidad penal juvenil, con un sistema que combina sanciones, medidas socioeducativas y alternativas a la privación de la libertad, con el objetivo de promover la responsabilidad, la resocialización y la integración social de los adolescentes.
